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Avalloguer

Mutua Alquiler Avalado

Con la finalidad de dar un impulso al mercado de alquiler y estimular su desarrollo, la Generalitat de Catalunya, ha puesto en marcha un régimen de coberturas denominadas AVALLOGUER, cuyas características y requisitos están recogidos en los decretos 54/2008, de 11 de marzo y 171/2008 de 26 de agosto (puede consultar el texto íntegro de sendos decretos en la parte derecha de esta introducción).

La Generalitat de Catalunya asume, en sus presupuestos, el aseguramiento, al arrendador, de las rentas de alquiler impagadas, en un periodo máximo de cinco meses, siempre y cuando haya instado un proceso judicial, que está a cargo del interesado, para la obtención de sentencia de desahucio por impago de rentas.

Teniendo en cuenta que la duración media de los procesos judiciales de desahucio está entre siete u ocho meses y los significativos costes que suponen los gastos judiciales, Mutua de Propietarios pone a disposición de nuestros colaboradores y clientes, su producto Mutua Alquiler Avalado, con el que poder complementar las coberturas del AVALLOGUER, cubriendo, por un lado, los siete meses siguientes al período garantizado por el AVALLOGUER (completando 12 meses de cobertura entre las dos) y ofreciendo asistencia legal, incluidos los gastos del proceso judicial de desahucio.

De forma optativa puede también cubrirse los actos vandálicos que pudieran ocasionarse al inmueble alquilado conforme se establece en las condiciones de la póliza.

Disfrute las ventajas del AVALLLOGUER y tenga una tranquilidad completa.

Coberturas MUTUA ALQUILER AVALADO

  • Transcurridos los cinco meses iniciales de cobertura de las rentas impagadas, asumidas por la Generalitat de Catalunya, Mutua de Propietarios cubre, con este producto, los siete meses siguientes (sumando las dos coberturas serían 12 meses)
  • Defensa jurídica
  • Optativo: Actos vandálicos al continente (franquicia 300€ y cobertura máxima de 3.000€)

Procedimiento de contratación

  • Documentación a presentar:
    • Fotocopia del contrato de alquiler inscrito en el Registro de fianzas de los contratos de alquiler de fincas urbanas.
    • En caso de poseerla, notificación de la admisión al régimen del AVALLOGUER.
    • Fotocopia del documento de compromiso relativo al avalloguer.
    • NIF del arrendador y del arrendatario.
    • Dirección del arrendador.
  • Centros de información y contratación
    • A través de nuestros mediadores y red comercial.
    • Oficinas Centrales: Calle Londres, 29 08029 Barcelona.
    • Delegaciones de Mutua de Propietarios
      (Ámbito de actuación Cataluña, según decretos).
Mutua de Propietarios C/Londres, 29, 08029 Barcelona. Tel: 93 487 30 20 - Fax: 93 272 03 35 | Contacto